jueves, 25 de agosto de 2011
martes, 23 de agosto de 2011
alegato en segunda instancia
SEÑOR JUEZ DE SUSTANCIACIÓN DE LA ÚNICA SALA DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE MORONA SANTIAGO.
LAURA MATILDE MOLINA CALLE, dentro del Juicio de Inventarios No 14111-2011-0281 que sigo contra MIGUEL ALBINO CALLE BRITO, comedidamente comparezco y expongo:
Que el demandado ha interpuesto el recurso de apelación, manifestando que no está de acuerdo con incluir en la masa social de bienes la BONIFICACION de US $ 26.120 argumentando que dicho dinero si bien recibió, pero se invirtió en los bienes de la sociedad indivisa.
Este fundamento es totalmente falso.
Al respecto, expongo lo siguiente:
PRIMERO:
Falso procurador judicial.
Según el artículo 43 del Código de Procedimiento Civil las partes deben concurrir a juicio en forma personal y por medio de su representante legal o procurador.
Revisado el proceso, el demandado MIGUEL ALBINO CALLE BRITO, luego de haber sido citado legalmente, no contesta la demanda, ni él, ni su mandatario Ángel Albino Calle Brito. Asoma dando contestación a la demanda, el abogado Nelson Ávila, quien funge de procurador judicial, cuando el mandatario no estuvo facultado o “delegado” para ello para otorgar este PODER DE PROCURACION JUDICIAL, que es un poder ESPECIAL.
El 28 de mayo del 2009 el señor Miguel Albino Calle Brito, otorga PODER GENERAL a favor de su hermano Ángel Albino Calle Brito.
A su vez, el mandatario Ángel Albino Calle Brito, extralimitándose en sus facultades como mandatario con poder general, el 1 de agosto del 2009, confiere a favor del profesional en Derecho, Ab. Nelson Ávila, un poder especial de procuración judicial para que conteste la demanda.
Un mandatario con poder general no tiene facultad para otorgar un poder especial de procuración judicial, salvo que el mandante haya autorizado expresamente en el poder general. Pero esta autorización no consta en la escritura pública celebrada el 28 de mayo del 2009.
Luego, revisando la documentación que consta en autos, tanto la demanda, la citación, la contestación dada a la demanda y los poderes general y especial de procuración judicial, concluiremos que el DEMANDADO MIGUEL ALBINO CALLE BRITO, NUNCA CONTESTÓ LA DEMANDA. Y al no haber dado contestación a la demanda, el recurso de apelación interpuesto, no surte efecto jurídico alguno.
Es un recurso ineficaz e inocuo.
SEGUNDO:
El falso procurador argumenta que el dinero, US $ 26.120 que recibió por concepto de bonificación de la Sociedad Anónima Ecuacorrientes el 22 de agosto del 2007, lo invirtió en mejorar los inmuebles sociales.
Vale revisar señores Jueces Provinciales la partida de matrimonio con la marginación del divorcio que consta en la primera foja del proceso y tenemos los siguientes datos:
La sentencia de divorcio se dicta el 7 de junio del 2007, y se margina dicha sentencia el 22 de julio del 2007.
Y mi ex - cónyuge Miguel Albino Calle Brito, RECIBE los US $ 26.120 el 22 de agosto del 2007, es decir, cuando ya no existía vínculo matrimonial. Teníamos el estado civil de divorciados.
Una vez que recibió el dinero, él tenía dos posibilidades: de entregarme la mitad del dinero, porque esa bonificación fue el resultado de la transferencia de un inmueble adquirido dentro de la sociedad conyugal, o en su defecto, JUSTIFICAR, DEMOSTRAR EN EL JUICIO QUE ESE DINERO SE INVIRTIÓ EN MEJORAR LOS BIENES SOCIALES.
En el proceso, el demandado Miguel Albino Calle Brito, por intermedio de su falso procurador, jamás presentó documento alguno que justifique que me entregó el 50% de esa cantidad. Tampoco justificó la inversión en los inmuebles. Si empleó US $ 26.120 en construcciones, tenía que presentar el contrato escrito celebrado con los maestros albañiles, las facturas de compra de materiales, los planos o croquis de la construcción.
US $ 26.120 es bastante dinero para gastarlo, sin el respaldo de documentos, y más aún, si el demandado conocía a ciencia cierta que ya no era mi cónyuge, debía tener la prolijidad de respaldar con documentos, los gastos realizados. Pero nada de esto existe en el proceso.
A fojas 62, existe una comunicación de Ecuacorrientes S. A., fechada el 21 de diciembre del 2009, en el que se indica con meridiana claridad, que el dinero fue entregado al demandado Miguel Albino Calle Brito.
A su vez Miguel Albino Calle Brito no desmiente haber recibido, pero justifica, sólo con palabras, que se ha invertido en los bienes sociales.
Hacer una mejora en una casa, o construirla, se requieren: comprar tejas, planchas de zinc, cerámicas, madera, clavos, pintura, cemento, arena, ripio, excavaciones, contratación de trabajadores, albañiles, carreras de vehículos, facturas de compra de materiales, contrato escrito de construcción, etc. etc.
Miguel Albino Calle Brito, en una forma por demás infantil, quiere demostrar sólo con palabras, que gastó US $ 26.120 !!!
El artículo 113 del Código de Procedimiento Civil es explícito:
“De las pruebas
Art. 113.- Es obligación del actor probar los hechos que ha propuesto afirmativamente en el juicio, y que ha negado el reo.
El demandado no está obligado a producir pruebas, si su contestación ha sido simple o absolutamente negativa.
El reo deberá probar su negativa, si contiene afirmación explícita o implícita sobre el hecho, el derecho o la calidad de la cosa litigada.”
Con la comunicación enviada por Ecuacorrientes al Juzgado probé que Miguel Albino Calle Brito sí recibió la bonificación de 26.120 dólares.
Miguel Albino Calle Brito nunca desconoció el hecho de haber recibido ese valor.
El dinero recibe en el estado civil de divorciado, razón por la cual, Miguel Albino Calle Brito debía darme el 50% de ese dicho, cantidad que nunca me dio.
Miguel Albino Calle Brito AFIRMA QUE DICHO DINERO LO INVIRTIÓ EN LOS BIENES SOCIALES. En el proceso no hay una sola evidencia de prueba de la inversión en los inmuebles de la sociedad indivisa.
Consecuentemente, si he probado que Ecuacorrientes entregó el dinero, si Miguel Albino Calle Brito no probó haberme entregado el 50% de los 26.120 dólares, ni probó con documentos la inversión efectuada en los bienes sociales, el Juez de base que expidió la sentencia acertó con incluir en el inventario los US $ 26.120.
TERCERO:
Sed lex, dura lex = la ley es dura, pero es la ley” dice el aforismo romano.
Tenemos el artículo 113 del Código Civil:
“Art. 193.- Aquel de los cónyuges o sus herederos que dolosamente hubieren ocultado o distraído alguna cosa de la sociedad, perderán su porción en la misma cosa, y estarán obligados a restituirla doblada”.
En el juicio, Miguel Albino Calle Brito nunca reconoció voluntariamente que había recibido ese dinero de Ecuacorrientes S. A.
En el proceso inclusive ha demostrado MALA FE al tratar de quedarse con ese dinero, formulando afirmaciones NO PROBADAS. Es decir, la intención es manifiesta el querer perjudicar a la sociedad con la omisión de esta suma considerable de dinero.
Si hubiese reconocido libremente que ese dinero recibió y que pertenece a la sociedad, entonces estamos frente a una actitud positiva de NO PERJUDICAR. Pero el silencio deliberado del demandado, el afán no prosperado de justificar que ese dinero pese haberlo recibido se ha invertido en su totalidad en los bienes sociales, le delatan EL DOLO.
Débase en esta instancia simple y llanamente aplicar la ley:
--el demandado pierde su porción en los US $ 26.120
--el demandado tiene la obligación de RESTITUIRLA DOBLADA.
--Acaso no será justo que la restituya doblada si el demandado ha usufructuado un largo período de 4 años de este dinero a su libre albedrío ? !!
CUARTO:
Un Juez, está llamado por obligación y por conciencia, a aplicar la ley. Eh aquí un caso práctico, evidente, demostrado de querer ocultar un valor que pertenece a la sociedad.
Finalmente señores Jueces Provinciales, quiero justificar que el perjuicio que causa mi ex cónyuge no es sólo a mí, sino también para nuestro hijo común SHEYSON ANDRES CALLE MOLINA, de 9 años de edad, que cursa el sexto año de básica, de la escuela Víctor Emilio Estrada, quien vive en Gualaquiza, conmigo, le doy afecto, cariño, cuidados, educación y mantención.
QUINTO:
Por lo expuesto, solicito comedidamente señores Jueces Provinciales, se confirme la sentencia dictada en primera instancia y se aplique íntegramente el contenido del artículo 193 del Código Civil.
Démosle vida a la ley. Apliquémosla. No permitamos que el Código sea letra muerta. El demandado tiene que perder su porción en los US $ 26.120 pero a más de ello, tiene que restituirla DOBLADA !
Dígnense considerar favorablemente lo expuesto.
Autorizado y como su defensor,
lunes, 22 de agosto de 2011
crisis bananera
cuando los bananeros están en auge económico, ni se los siente, nunca llaman al Estado para compartir las ganancias. Ahora que están en crisis que papá Estado los salve! Qué irónico. Cuando los productores de la amazonía pierden, jamás recurren al Estado, trabajan sin lloriquear y se superan. Es un Estado no equitativo,
domingo, 21 de agosto de 2011
brindis matrimonial
BRINDIS
Dignos padres y familiares de JEAN PIER; amada esposa IRMA; queridos familiares de ENMA BELÉN, dilectas amigas y amigos:
Empiezo agradeciendo, de corazón, la presencia de todos ustedes, que habéis tenido la amabilidad de engalanar este singular acontecimiento social y familiar: La Boda Eclesiástica de ENMA BELEN Y JEAN PIER.
En este momento, grave y solemne, en nombre personal de quien os dirige la palabra y de mi queridísima esposa IRMA, y de mis hijos, permítanme dirigiros un sencillo mensaje, con motivo del matrimonio de nuestros hijos.
Bien conocemos que, cuando el Creador insufló a Adán el primer hálito de vida, y luego creó a la mujer, sentenció SED FECUNDOS Y MULTIPLICAOS !
Nosotros como Católicos practicantes, estamos precisamente en este momento, cumpliendo ese mandato divino, al tener a nuestra hija ENMA BELEN, unida en matrimonio con JEAN PIER, hasta que la muerte los separe.
Junto a ENMA BELEN y JEAN PIER, en este día inolvidable, están vuestros padres, vuestros familiares, vuestros amigos, para compartir estos momentos de felicidad.
Hoy es un día único para esta bella pareja.
Hay derroche de sonrisas, caricias y besos. Sí. Es un día inolvidable…….
Por qué es inolvidable ?
Hay muchas razones.
El matrimonio es un punto de partida. Es un empezar a trascender en el tiempo. Es perpetuar la especie. Es ir más allá de uno. El día de la boda, cuando empieza el matrimonio, se presenta un horizonte nada común.
Vosotros, trazáis ese horizonte. Ir al Norte o al Sur, al Este o al Oeste, o salir del espacio sideral, y mecerse en los brazos románticos de la luna. O navegar a la estrella más lejana y luminosa, o simplemente, perderse en la galaxia, como un punto azul en la inmensidad del cosmos.
Si queréis alzar el vuelo y dirigir vuestras alas al infinito, pues allá llegaréis, porque el matrimonio es un sueño, que sólo termina con la muerte.
Pero llegaréis al infinito ?
Con plena seguridad, SÍ, si voláis con las alas inflamadas de AMOR, si en vuestros corazones tenéis encendida la llama de la FIDELIDAD, si utilizáis las manos y el cerebro para trabajar juntos, si lleváis una vida de respeto mutuo, si procreáis hijos para amarlos, para orientarlos, para saturarlos de valores, para responsabilizarse de su preparación y su futuro. Así la vida será un sueño y llegaréis al infinito.
En el camino vais a encontrar corrientes adversas que os desanimarán. Que tratarán de encender la llama de la discordia. Eso es parte de la vida matrimonial; porque, parafraseando un concepto práctico de la vida, no es más que un conjunto de alegrías y tristezas, momentos de sosiego y momentos de arrebato, triunfos y reveses. Hay momentos de luz e instantes fugaces de profunda oscuridad.
Pero, no hay que temer a la adversidad. Si tenéis vuestras alas inflamadas de amor, no habrá fuerza física ni humana que destruya vuestro optimismo. Que los triunfos no os vanaglorien.
El éxito siempre está arriba, y coronar la cima, la cúspide, requiere de constancia y valor.
Hoy empezáis a cruzar el océano. Vendrán oleajes despiadados, temibles tempestades. Si os mantenéis juntos, pasará la tempestad, pasará el rugir impetuoso de las olas, y llegará la calma, y veréis el mar en su azul inmensidad, las bandadas de gaviotas se posarán en vuestras anclas para batir sus alas y vuestros hijos, pequeños marineros, sonreirán felices, juntos a vosotros.
El gran océano os espera.
Naveguen firmes.
En las noches, la gran estrella Polar os dirigirá,
y en el amanecer,
saldrá el sol, para darles luz
y puedan recrearse con los abrazos y sonrisas de cada uno de ustedes……
CARLA Y ALFONSO:
Ámense ! Respétense ! Son dos reglas de oro para alcanzar de la felicidad !
OS INVITO:
A todos los presentes, a brindar esta copa de champagne, por la felicidad de nuestros hijos ENMA BELEN Y JEAN PIER.
Salud !
(21 agosto 2011)
jueves, 31 de marzo de 2011
Dr. Rolando Tello en el 66 Aniversario de matrimonio Tello-Torres
PAPÁ HUMBERTO Y MAMÁ SARITA:
Vuestros hijos, en primer grado de consanguinidad: Ligia, Rolando, Alicia, Nora, Oswaldo, Humberto, Rómulo, Edgar, John y Nancy, vuestros hijos políticos Víctor Hugo Moncayo, Martha Crespo, Lucía Soledad García, Jacky Morales, Jacky Chérrez, Rocío León, Editha Borja y Raúl Moncada, vuestros nietos y bisnietos nos propusimos crear un espacio familiar para estar juntos, por primera vez y proclamar en una sola voz, nuestra indescriptible felicidad, de expresar nuestra dicha de tenerlos juntos, conmemorando el SEXAGÉSIMO SEXTO ANIVERSARIO DE VIDA MATRIMONIAL, y también, festejar vuestro CUMPLEAÑOS 90 Y 83 respectivamente.
Claro que cumplir 66 años de matrimonio, es algo extraordinario, pues las bodas de oro, las bodas de diamante quedaron cortas para vuestra prolífica trayectoria. 66 años de vivir juntos, compartiendo el mismo lecho, los mismos ideales, los mismos triunfos y vicisitudes, 66 años juntos bajo el mismo cielo, 66 años de repetir, en cada latido de vuestro corazón los nombres de vuestros hijos, a quienes supisteis inculcar la manera estoica de enfrentar la vida, pero digamos con más propiedad, nos enseñasteis a combatir en la arena, para aprender a vencer en la vida, como lo hacían los gladiadores de los césares.
El combate, fue duro, implacable, feroz, pero supimos vencer, nos ganamos nuestra libertad para surgir, para doblegar las circunstancias adversas. Pero a qué se debe este triunfo si así podemos llamar ? Será suerte, acaso casualidad o es que la señora fortuna nos dio un toque mágico ? No queridos padres. Aquí no hay ningún secreto, el éxito circunstancial de vuestros hijos, sin excepción, se debe a que ustedes, amalgama perfecta de espíritu, cerebro, corazón y músculo, supieron darnos amor sin límites, nos enseñaron las primeras palabras, los primeros mimos, los primeros juegos, las primeras caricias, los primeros consejos de honradez. Antes de ir a la escuela, nos hicieron conocer muchos secretos que se guardan, como un tesoro, en la parte más honda y más sensible del corazón, nos inculcaron el respeto, el amor al trabajo, la puntualidad, el saludo, el cumplimiento del deber, la solidaridad, pero todo este aprendizaje no hubiese rendido sus frutos, si no hubiésemos recibido también, con mano firme, la reprensión enérgica y oportuna.
Nuestra niñez, la mejor época de nuestra existencia, pasamos juntos, a la vez que estudiábamos, jugábamos, trabajábamos, reñíamos, llorábamos, reíamos, soñábamos, sufríamos y en la mesa, el mantel largo para una familia tan numerosa, nunca faltaba el pan de cada día.
Papá Humberto María, nació en el Sígsig, provincia del Azuay, el 18 de febrero de 1921, hijo de Antonio Tello Arévalo y Rosario Arévalo Marín, por el año 1934, a la edad de 13 años, llega a Gualaquiza, junto a su padre, don Antonio Tello Arévalo y acompañado de sus hermanos Víctor, Gonzalo y Lucila. Su mamacita Rosario Arévalo Marín, había fallecido prematuramente, quedando huérfano desde muy temprana edad. Atraídos por el fulgor del oro que arrastraban las aguas de los ríos: Bomboiza, Zamora y Nangaritza, se asentaron en Gualaquiza. Ahí pasó su adolescencia y juventud extrayendo, artesanalmente el oro. En el año 1941, a los 19 años de edad, salió de Gualaquiza a la ciudad de Cuenca, para incorporarse a las filas del ejército como conscripto y luego como soldado. Se enroló en el ‘’Batallón Jaramijó’’, integrado por azuayos distinguidos. Luego de una exigente y corta preparación militar, el Batallón se dirigió desde Cuenca hasta la provincia deEl Oro, para enfrentarse en desigual batalla con el secular enemigo del sur. Luego de algunos días de forzada caminata, bien apertrechados, llegaron a Porotillos, cerca del Pasaje y el 11 de septiembre de 1941 entraron en combate. Ese día memorable brilló el sol de la victoria para el Batallón Jaramijó. Un soldado peruano logró huir lanzándose al río. Esa victoria de Porotillos, registra la Historia, como un día de gloria para el Ejército Ecuatoriano, porque desde ese momento el invasor peruano dio marcha atrás y pronto capituló y devolvió la provincia de El Oro, que la mantenían sometida.
A los soldados que lucharon heroicamente en esa gesta, el Gobierno Nacional otorgó la condecoración Cruz de Guerra, que es el máximo galardón que entrega la Patria a sus héroes predilectos. En el país, pocas personas se han hecho acreedoras a esta distinción. Y papá Humberto, luce en su pecho esta presea que le entregó la Patria, siendo merecedor también a una pensión vitalicia, como ex combatiente del conflicto bélico del año 1941.
Luego que terminó el conflicto bélico con el Perú, los soldados que sobrevivieron a esa hazaña, fueron dados de alta y el valiente soldado Humberto Tello, luego de cumplir con la Patria, regresa a su bello terruño Gualaquiza, ahí quedó su familia, ahí quedó su promesa, su dulcinea, ahí estaba Sara Isabel Torres Moscoso, de 18 años de edad, pletórica de juventud y belleza, para contraer matrimonio en el año 1945.
Sara Isabel, nacida en Gualaquiza, el 25 de noviembre de 1927, hija de José Benigno Torres Iñiguez y María Benigna Moscoso Rivera, nacidos en el Sígsig y San Juan respectivamente, también de origen azuayos.
Luego de formar el matrimonio, Dios les bendice con once hijos, aquí estamos 10, Gladys, que debería estar de 53 años, desde muy niña se fue al cielo. Estoy seguro, que ella, se convirtió en nuestra embajadora para alcanzar de Dios tantas bendiciones.
La vida de matrimonio, la vida hogareña que nosotros vivimos, no fue nada fácil. Parece un contrasentido, pero lo voy a decir: nuestra mayor riqueza fue la pobreza. Nuestra mayor fortaleza, fueron las penurias económicas. Papá Humberto, poco afecto al trabajo del campo, tuvo un don especial para desempeñarse como un destacado funcionario público. De ahí que sus hijos e hijas, por transmisión genética, de una u otra forma, se desenvuelven con solvencia y honradez en funciones públicas de mucha responsabilidad.
Al igual que las aguas del océano, que se calman y enfurecen a la vez, la vida nos presenta momentos de sosiego y momentos de intranquilidad. Se han vivido épocas de triunfo y épocas de derrota. La actividad política en nuestro hogar fue el pan de todos los días. En esa escuela aprendimos la pasión por el quehacer público, que al abrigar una causa, hay que ser leales hasta la muerte. En esa escuela cotidiana, aprendimos a ser firmes en nuestras convicciones. Cuando triunfaba el candidato de nuestros padres, todos festejábamos, la alegría era espontánea, porque sabíamos que de seguro, el jefe del hogar, tendría un cargo de Jefe Político, la máxima autoridad en un cantón donde regía la Ley Especial de Oriente. Como Jefe Político, al mismo tiempo que representaba al Presidente de la República, ejercía el cargo de notario público, de registrador, de comisario, de jefe de registro civil. Pero así como había tiempos de alegría familiar, también hubo algunos momentos de tristeza, se saboreaba la derrota, el candidato a Diputado o Senador había perdido en las urnas y papá Humberto, desempleado nuevamente, sin ingresos, soportando burlas y escarnios. Nuestro único refugio era la agricultura, la finca, el ganado. En esa escuela de trabajo, de alegrías y sufrimientos nos hemos forjado. Aprendimos a trabajar la tierra y la tierra fue generosa, como una buena madre, te multiplica con creses el esfuerzo.
El tiempo no se detiene. Crecímos, los primeros hijos nos íbamos haciéndonos adolescentes y por algunos años, fuimos asalariados, pero ese dinero ganado con sudor, nos templó el espíritu, para seguir adelante. Había que emigrar. Gualaquiza, nuestra linda tierra, no tenía la suerte de tener un colegio, apenas había una escuela. Ligia, Alicia, Edgar y Rolando nos graduamos en Cuenca. La única graduada en Gualaquiza, es nuestra hermana Nora, que obtuvo su bachillerato cuando era toda una madre de familia. Oswaldo y Humberto, se graduaron en el colegio, en Chone. Los demás hermanos se graduaron en Quito. Como nuestros padres, tenían que permanecer junto a sus hijos para apoyarlos, sin vacilar, se desprendieron de su patrimonio que adquirieron en Gualaquiza para trasladar su domicilio a la Capital. Ahí los hijos les necesitaban.
En Quito, el comienzo no fue fácil. En esta ciudad, la mayor parte de los hermanos se formaron, se educaron, asimismo, con gran esfuerzo personal y familiar, porque nuestra mayor riqueza, nuestra mayor fortaleza, fue siempre la pobreza.
Ha pasado el tiempo vertiginosamente. Vuestras hijas e hijos Tello Torres, alcanzaron la mayor edad, unos tenemos abundantes canas, otros son adultos aún y tal vez algún joven, con hijos, algunos con nietos. Ahora, cada hijo alzó su vuelo, el alero del hogar quedó vacío. Cada hijo e hija tiene su propio proyecto. Cada hijo e hija tiene su propio mundo. Ha formado su propia familia. Crearon su propio espacio vital.
Ustedes, papá Humberto y mamá Sarita han cumplido. Nos dieron el aliento, nos dieron el valor, nos saturaron el alma de valores, y aquí estamos hoy reunidos para agradeceros por vuestra entrega, por vuestro sacrificio, por habernos enseñado el camino del esfuerzo, de la lucha, de la abnegación.
Vuestra prole, está orgullosa de ustedes viejitos del alma.
Un especialísimo reconocimiento se merece nuestra madre, Sara Isabel, porque fue ella que en los momentos de flaqueza, cuando el político infatigable parecía desfallecer, ahí estaba tu fuerza que inyectaba valor para vivir con dignidad. Fue ella que nunca no se rendía ante el fracaso, por el contrario, trabajaba sin descanso, en cualquier actividad que se ingeniaba, nada le vencía, fue ella, con su temple y su coraje que nos impulsó a todos, nos apoyó, nos animó para que sigamos adelante en el estudio. Gracias madre entrañable, sin tu apoyo, no estuviésemos donde estamos.
A mis hermanos y hermanas de sangre, a nuestras hermanas y hermanos políticos, a la cónyuge, al cónyuge, a nuestros hijos, nietos y sobrinos aquí presentes, les quiero suplicar una promesa, que esta UNIDAD FAMILIAR, todo un siempre, siga fortalecida como hoy, pues el árbol familiar es frondoso y ahí anidan sueños y esperanzas compartidas. Cada palabra, cada sonrisa, cada mirada de nuestros vástagos, son el preludio de un gran amanecer.
Papá Humberto y Mamá Sarita: Reciban este sencillo y merecido homenaje de gratitud de parte de vuestra prole, que al unísono, en este momento, elevamos nuestra plegaria a nuestro Dios para agradecer por esta particular bendición que nos regala: EL COMPARTIR EN UNIDAD FAMILIAR ESTOS 66 AÑOS DE COMPROMISO NUPCIAL y POR CUMPLIR L0S 90 Y 83 AÑOS DE VIDA FRUCTÍFERA.
Gracias. Quinta "Julita", Cuenca, 19 de febrero del 2011.
peticiones de archivo de indagación previa
Señor Fiscal de lo Penal del Cantón Santiago.
Wilmar Fernando Mejía Reinoso, Lina Magali Solano Ortiz y Joel Vicente Zhunio Samaniego, dentro de la Indagación Previa 15-2010DP por un presunto delito de invasión de edificios y robo de objetos de Ecuacorrientes, comedidamente comparecemos y exponemos:
Que el denunciante, desde hace algunos años atrás, se ha conformado con lanzar una denuncia maliciosa y temeraria, y se ha cruzado de brazos esperando que la Fiscalía actúe y produzca los elementos de convicción que permita pasar a la instrucción.
Esta Indagación ha pasado por cuatro o cinco Fiscales. Esta Indagación ha cambiado de cantón. Inició en la Fiscalía del cantón Gualaquiza y hoy está en conocimiento de la Fiscalía del cantón Santiago, con jurisdicción en el cantón Limón Indanza.
Pero por qué ocurren estos hechos ?
Porque el denunciante NO CONOCE A CIENCIA CIERTA DONDE ESTAN UBICADOS SUS CAMPAMENTOS, y no ‘’edificios’’ como califica el temerario denunciante.
Si ellos manifiestan que son dueños de los edificios INVADIDOS, deben conocer por sus títulos de propiedad en qué cantón están construidos estos edificios.
Si usted revisa las fotografías, en Rosa de Oro, no hay EDIFICIOS. Ahí lo que se observa son ‘’campamentos’’, es decir, casas de campo construidas rústicamente y que sirven para alojar a los obreros, como bodegas de la compañía y nada más que eso. Son casuchas en su mayoría con paredes de tabla, carecen de planos.
Luego, Ecuacorrientes, incurre en una serie de omisiones que le vuelven a la denuncia improcedente.
Para que la denuncia penal tenga éxito, debe contener una infracción. En este caso, se nos acusa de INVASION DE EDIFICIOS, y de ROBO DE OBJETOS.
Pero la invasión de edificios tienen relación con el artículo 155 del Código Penal, delito que está dentro del Capítulo III Libro II del Código Penal y corresponde a uno de los delitos más graves, como es ATENTAR CONTRA LA SEGURIDAD INTERIOR DEL ESTADO !! Como el papel aguanta todo, Ecuacorrientes nos acusa de un delito bien grave y nos considera como un grupo insurgente, un grupo guerrillero, un grupo armado que ataca a la estructura del Estado, incluyendo a sus Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional. Esto es falso, de falsedad absoluta.
Qué acusación más infantil que no hace Ecuacorrientes. No resiste al más elemental análisis. Pensar que humildes campesinos de remotos lugares orientales, donde no hay ni siquiera vías de comunicación de tercer orden, pretendan alzarse en armas para derrocar al Gobierno constituido es una fantasía, una locura. Una torpeza jurídica. El que redactó esa denuncia, o es un pertinaz ignorante, que desconoce los fundamentos del Derecho, o es un audaz y falaz denunciante, que sin temor, profiere calumnias camuflándose solapadamente en una denuncia.
No sé en qué momento se produjo la materialidad de la infracción del delito acusado, referente al artículo 155 del Código Penal. Es obligación del denunciante proporcionar al Fiscal los elementos de convicción que configuren la existencia de la infracción, esto es, que justifique que los hechos presuntamente denunciados constituyan una delito que atente contra la seguridad interna del Estado.
Lea usted las versiones que hay en el proceso señor Fiscal y coincidirá conmigo al comprobar que nunca hubo ENFRENTAMIENTO ARMADO entre el pueblo que estaba de pie, en plena vía pública con los MILITARES QUE POR CIENTOS estaban custodiando el campamento Rosa de Oro. Incluso en el video se puede apreciar la intervención de un General Peña que llegó en helicóptero y conversó con la gente, ahí estuvo el Alcalde de San Juan Bosco, ahí estuvo la Reina de San Juan Bosco, ahí estuvieron Concejales, miembros de la Junta Parroquial. Y a toda esta gente les consta que los señores militares entraron a los campamentos, levantaron un inventario de todas las cosas y luego procedieron a retirar dichos bienes (computadores, cocinas, congeladores, muebles de valor, etc). Con los mismos militares, cargaron en volquetas del Municipio y carros de particulares para enviarlos a Gualaquiza, pero custodiados por los propios militares. Es decir, no hubo saqueo como pretende engañar Ecuacorrientes, no hubo enfrentamiento entre civiles y militares. Véase el video y usted verá la cantidad de militares que están tomados el campamento Rosa de Oro y no hay un solo civil, una sola persona que se haya tomado ni un solo cuarto, peor las casas o campamentos (edificios no hay), pues estaban CUSTODIADOS por las Fuerzas Armadas que tenían en sus manos metralletas, fusiles, armamento de artillería. Y luego que el General Peña, terminó con el inventario, envió –bajo resguardo militar- todos los objetos y equipos de valor a Gualaquiza. Como había comida perecible que iba a dañarse, el mismo General Peña ordenó se entregue a la gente que estaba en la vía y parados en el camino público. De lo dicho señor Fiscal hay muchas versiones en el proceso y de personas imparciales.
Ahí se dice que nunca hubo brotes de violencia. Peor que se haya INVADIDO LOS EDIFICIOS DE ECUACORRIENTES, si en Rosa de Oro no hay edificaciones, sino campamentos. Pero ni los campamentos fueron invadidos porque estaban protegidos por los militares que no permitían el ingreso a ningún civil. Pero quién tiene que justificar esta materialidad ? El denunciante, no el Fiscal.
Invasión, según Cabanellas, es: ‘’apoderamiento por la fuerza de los bienes inmuebles ajenos’’. El término invasor es apropiado para indicar cuando un país invade a otro país. Hitler invadió Polonia y desencadenó la II Guerra Mundial. Invadir es tomarse por la fuerza un territorio ajeno.
Será este delito el que acusa Ecuacorrientes. No hay duda que sí, pero no olvidemos que esta clase de invasiones atentan contra la seguridad interna del Estado. Eu un supuesto no consentido que nos hayamos tomado tierras privadas, eso será atentar contra el Estado o será atentar contra el derecho de propiedad privada ? Obvio que este último. Ahora bien. Si en realidad hubo despojo de la propiedad privada, se incurre en el campo de la USURPACION. Pero la usurpación es un delito de acción privada !
Preguntamos: Quién está apoderado de las tierras de Ecuacorrientes, acaso Wilmar Fernando Mejía Reinoso, o Lina Magali Solano Ortiz o Joel Vicente Zhunio Samaniego ? Esa invasión, la toma violenta o despojo de los edificios de Ecuacorrientes NO ESTA JUSTIFICADA EN EL PROCESO. Además que en la realidad nadie está apoderado de nada, peor de las tierras de la compañía minera.
ANALICEMOS LA OTRA INFRACCION DEL ARTICULO 575 del Código Penal.
Este delito consiste en: ‘’Serán reprimidos con prisión de ….. los que con el propósito de sacar provecho personal y a título de dirigentes, organicen seudocooperativas e invadan tierras tanto en la zona urbana como en la rural, atentando de esta manera al derecho de propiedad privada’’.
Qué fácil es acusar en falso y qué difícil probar la materialidad de la infracción. Ecuacorrientes, demostrando una vez más, ignorancia del Derecho, nos acusa de otro delito, de diferente naturaleza. Ahora ya no atentamos a la seguridad interna del Estado, sino atentamos a la propiedad privada. Es decir, un mismo hecho, para este falaz denunciante, significa dos delitos de naturaleza totalmente diferentes. Pero el temerario y malicioso denunciante no se preocupa de darle a usted los elementos de convicción para que se justifique esta otra infracción.
En este delito concurren algunos elementos materiales constitutivos del delito: ser ‘’dirigentes’’, que se trate de una ‘’seudocooperativa’’, obtener ‘’provecho personal’’, ‘’invada tierras’’.
Señor Fiscal de estos 4 elementos constitutivos, el denunciante no ha justificado ni uno solo. Qué desvergonzado !
Y pensar que con esta denuncia se pretende mantenernos huidos, intimidados, acobardados… se equivoca.
Lo que pedimos señor Fiscal es que se disponga el archivo de esta denuncia, porque no cumple con los requisitos de procedibilidad del artículo 50 del Código de Procedimiento Penal. No se ha justificado la materialidad de las infracciones acusadas.
Y al no existir materialidad, no existe infracción, y al no existir infracción, no se pueden encontrar indicios de responsabilidad penal. O dicho de otro modo, si no hay delito, no hay culpables.
Finalmente el denunciante tuvo todo el tiempo del mundo para producir elementos de convicción, pero no lo hizo, porque su denuncia es inconsistente, es falsa, es maliciosa y es temeraria. La ley prevé que la indagación no puede ir más allá de los dos años tratándose de delitos reprimidos con reclusión. Esta indagación rebasa con creses este tiempo y claro a Ecuacorrientes no le interesa que esto termine.
Con esta demora y tardanza señor Fiscal, que no es imputable a su labor, pues recién está pocos días en el cargo, pero sí de los anteriores Fiscales que ninguna importancia le dieron a este caso bárbaro e injusto de una falsa imputación.
Pido señor Fiscal se ordene el archivo de la causa.
Dígnese proveer.
Autorizado y como su defensor,
(escrito presentado el 25 de enero del 2011)
Señor Fiscal de lo Penal de Méndez.
Wilmar Fernando Mejía Reinoso, Lina Magali Solano Ortiz y Joel Vicente Zhunio Samaniego, dentro de la Indagación previa 15-2010DP por un presunto delito de invasión de edificios y robo de objetos de Ecuacorrientes, comedidamente comparecemos y exponemos:
PRIMERO:
En conformidad con el artículo 215 del Código de Procedimiento Penal, la indagación no puede excederse de UN AÑO de duración.
Si de hecho se rebasa este plazo, procede legalmente el ARCHIVO PROVISIONAL DEL EXPEDIENTE.
Inciso III:
“De no existir fundamento para deducir la imputación, la indagación no podrá mantenerse abierta por más de un año y transcurrido este plazo, el fiscal dispondrá el archivo provisional del expediente o solicitará al juez su archivo definitivo, según fuera el caso…”
Por reiteradas veces venimos sosteniendo, con sólidos Argumentos jurídicos, que no existe materialidad de la infracción, y al no haberse configurado la infracción, resulta una ficción encontrar un culpable de un delito inexistente.
El sospechoso, como se lo conoce al que es parte de una indagación tiene derecho a que se aplique las normas del debido proceso, y una de esas garantías, es precisamente observar los términos que la ley impone para cerrar una indagación.
No se debe perder de vista que toda persona es inocente mientras una sentencia condenatoria ejecutoriada lo declare culpable. En este caso, nosotros nos encontramos totalmente desprotegidos por la administración de justicia, que a más de ser lenta, es injusta, pues estamos sub judice por más de cuatro años !!!!! que se mantiene abierta la indagación.
Si abrimos todas las indagaciones de las Fiscalías en todo el país, esta Indagación debe ser la campeona, por el tiempo que lleva sin cerrarse.
Y porque se mantiene abierta ? Eso nadie lo sabe. Ecuacorrientes, una poderosa transnacional, tiene tanta influencia, que hay hilos invisibles que controlan los procesos y mantienen a los ecuatorianos intimidados, perseguidos, acosados, en la indefensión. Qué corona tiene, qué privilegio tiene esta transnacional para tener sometido al Ministerio Público, en esta indagación que ha pasado por la mano de cinco Fiscales de Gualaquiza y Méndez. Y ningún Fiscal quiere apersonarse de mandar al archivo. La denuncia fue presentada en mayo del 2007 por hechos ocurridos a finales de noviembre del 2006 y primeros días de diciembre del 2006. Es decir, van por los cuatro años de indagación. Digno de enviarse al libro de records Guinnes!!!
El video responde a hechos ocurridos el 7 de noviembre del 2006.
Hay algo misterioso en este proceso.
Ecuacorrientes tuvo tiempo de sobra para aportar con elementos de convicción para que el Fiscal sustente los cargos, pero esos indicios, o elementos de convicción como se los conoce, nunca llegaron y no llegarán, porque el video que consta en autos delata los hechos sobre los cuales sustentaron su denuncia. Nunca hubo ni invasión ni robo. Repito una vez más, esos hechos filmados corresponden a fechas diferentes a la fecha de la denuncia. Entonces Ecuacorrientes no tiene cómo remediar sus errores.
No hay de qué temer señor Fiscal. Usted, fiel a su juramento, actúe apegado a Derecho, a la ley, a su conciencia, qué importa pues una denuncia infundada, presentada con prepotencia, con arrogancia, por Ecuacorrientes ?
SEGUNDO:
Sólo para que tenga una idea señor Fiscal de lo desastroso de la denuncia que contiene una tamaña falsedad, le acompaño unas fotografías tomadas el 7 de noviembre del 2006, pero que no coinciden –en cuanto a fechas- con los términos de la denuncia del doctor Cuenca.
Ahí está aterrizando el helicóptero de las FF. AA. Ecuatorianas controlando el interés privado de Ecuacorrientes !! Qué humilde ecuatoriano tiene esta dicha que un helicóptero de guerra venga en su auxilio ??
Qué corona tiene esta compañía que a una ingeniera ambientalista, camuflada de militar ¡!!! la saquen en helicóptero ??
Ahí está una volqueta cargada con equipos de Ecuacorrientes que fueron trasladados por los militares a Gualaquiza!!! Ese cargamento primero fue inventariado y luego cargado a las volquetas y camiones. Hicieron algunos viajes, pero todo a cargo de los militares.
Ahí están los militares formando un cordón de seguridad para que ningún mortal penetre o invada.
Dónde la invasión y robo que se nos imputa ??
En las fotos se observa el despliegue de personal militar armado hasta los dientes para sofocar una protesta legítima de un pueblo que clama para que sus recursos naturales no sean saqueados por empresas transnacionales ? Esa protesta señor Fiscal se la quiere criminalizar y se le está dando la razón, con esta lentitud pasmosa de esta indagación.
Las instalaciones de los campamentos están militarizadas.
Dónde están Wilmar Fernando Mejía Reinoso, Lina Magali Solano Ortiz y Joel Vicente Zhunio Samaniego tomados el campamento Rosa de Oro ? Dónde una fotografía que revele que estemos robando objetos de Ecuacorrientes ? No hay tal señor Fiscal. Qué más evidencias a nuestro favor señor Fiscal ????
TERCERO:
Pido señor fiscal una vez más que esta indagación se archive provisionalmente, en estricto apego al contenido del artículo 215 del Código de Procedimiento Penal.
Autorizado y como su defensor,
(escrito presentado en la Fiscalía el 29 marzo 2011).
Suscribirse a:
Entradas (Atom)